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La recesión empuja la permuta de pisos para poder pagar una vivienda más pequeña o modesta

Posted in Fiscal, Inmobiliaria, Noticias, Permuta, teapetecemicasa.com on October 15th, 2010 by admin – Comments Off

La recesión empuja la permuta de pisos para poder pagar una vivienda más pequeña o modesta

Por Joan Castellví, el 15/10/2010

Más allá de la movilidad vacacional otros portales de Internet se han especializado en los últimos años en la permuta de pisos en propiedad tratando de ofrecer a los usuarios todas las garantías legales. Evitar los gastos asociados a una compraventa y en especial la hipoteca, además agilizar el cambio de vivienda en un mercado en crisis explican el crecimiento de esta fórmula que se abre paso en un mercado inmobiliario totalmente virtual: la red. La permuta se consolida porque “es más económica y se valora cada vez como más segura”. “La gente parece ser se da cuenta que es una opción rentable y aunque sea difícil lograr conseguir tu media naranja tampoco cuesta nada poner un anuncio”, entre las webs consultadas, recomendamos TEAPETECEMICASA.COM portal dirigido por el Letrado Francesc Salvador, profesional vinculado a las Nuevas Tecnologías y el mismo, cuenta con un buscador de “la media naranja” muy rapido y claro con lo que el consultante busca.

Antes las permutas se hacían entre constructores o eran gestionadas por administraciones con intercambio de solares, pero al bajar la actividad inmobiliaria la fórmula ha caído en el sector de la construcción mientras que ha subido el interés del ciudadano de a pie.

La permuta se convierte en una alternativa cómoda al mercado oficial cuando resulta imposible vender una vivienda o el banco no concede hipotecas aunque la casuística es variada. El caso más habitual hoy en día es el de los que disponen de una vivienda que no pueden pagar. La vivienda se compró en plena bonanza económica, pero ahora han llegado las dificultades para llegar a fin de mes y hay que elegir un piso más pequeño o modesto. Con el trueque se consigue cerrar la transacción en menos tiempo. También se benefician quienes con el paso del tiempo se les ha quedado pequeña su vivienda o desean trasladarse de ciudad e incluso país, trasvases del campo a la ciudad.

La ley estatal establece que una de las propiedades no debe superar la tercera parte del valor de la otra para avalar la operación. Hasta ese momento se considera permuta y el propietario que adquiere la casa de valor superior pagaría la diferencia en metálico. Si un piso vale más de un 30% que el otro que quiere intercambiar, tendríamos que hablar de una compra y una venta y se debería formular ante notario como “dos actos jurídicos con sus respectivas liquidaciones”. También puede ocurrir que se pacte el mismo precio y que no haya intercambio alguno de dinero ante notario.

En cuanto a la subrogación de la hipoteca, no existe ningún problema en subrogar créditos entre las dos partes siempre que los implicados estén de acuerdo y siempre que el banco no ponga pegas.

Más informacion: http://planificacion-fiscal.com/general/la-recesion-empuja-la-permuta-de-pisos-para-poder-pagar-una-vivienda-mas-pequena-o-modesta/

Guía rápida para pagar menos impuestos a Hacienda

Posted in Derecho, Fiscal on December 15th, 2009 by admin – Comments Off
Por Joan, el 15/12/2009

La cuenta atrás para optimizar la factura fiscal de 2009 ya ha comenzado. Diciembre es la última oportunidad que tienen los contribuyentes para echar un vistazo a las operaciones del ejercicio y tratar de aligerar las cargas tributarias. Una acertada planificación puede cambiar el signo de la declaración de positiva –cuando hay que pagar a Hacienda– a negativa –cuando el Estado le devuelve dinero–.

Como cada año, realizar aportaciones a planes de pensiones o cuentas vivienda, amortizar algo de capital de la hipoteca, declarar el alquiler o compensar minusvalías en inversiones con plusvalías, son algunos de los movimientos que contribuyen a desgravar en el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).

Este año, además, hay algunas novedades a tener en cuenta. De acuerdo con el Proyecto de Ley para los Presupuestos Generales de 2010, a partir de enero se va a incrementar la tributación de las rentas del ahorro. De ahí que a algunos contribuyentes les convenga realizar sus plusvalías latentes antes de 2010.

Sáquele jugo a su hipoteca
En el momento de rendir cuentas a Hacienda, su hipoteca le servirá para aliviar ligeramente el bolsillo, después de haber estado todo el año agujereándoselo. Con el pago del crédito para la vivienda se puede obtener una rebaja en la declaración del IRPF de 1.352,25 euros, el 15% sobre un máximo deducible de 9.015 euros.

Para alcanzar el límite, es recomendable que los matrimonios presenten declaraciones individuales y, de este modo, duplicar el máximo deducible por la hipoteca hasta 18.030 euros.

Ahorre para la casa…
Las aportaciones a una cuenta ahorro vivienda –producto destinado a adquirir su primera casa– tienen el mismo tratamiento fiscal. Los titulares pueden deducir de la cuota de IRPF el 15% de las cantidades aportadas hasta un límite anual de 9.015 euros, es decir, 1.352,25 euros.

Además, a finales de 2008, el Gobierno anunció una moratoria de dos años para las cuentas vivienda, ampliando el plazo para realizar la compra de cuatro a seis años. Así, si en 2009 se cumplen cuatro años desde que se abrió la cuenta y todavía no tiene casa, el titular tiene hasta 2010 para buscar un inmueble a su medida, sin tener que devolver las deducciones acumuladas.

….O para su empresa
Si, en lugar de adquirir una vivienda, se está planteando crear una empresa en los próximos cuatro años, con un mínimo de un empleado, puede realizar aportaciones a una cuenta ahorro empresa. Dichas aportaciones tienen una deducción del 15%, con un máximo de 9.000 euros anuales, por lo que puede desgravar hasta 1.350 euros.

Planes de futuro
Otro de los productos bancarios con mayor tirón en la recta final del año son los planes de pensiones. Por estas fechas, cada ejercicio, las entidades financieras lanzan agresivas campañas de fondos de pensiones que permiten reducir las aportaciones de la base imponible del IRPF. Es decir, pueden desgravarse (con ciertos límites) sobre lo que se tendría que pagar a Hacienda.

Actualmente, el elevado déficit del Estado ha provocado que surjan dudas sobre la sostenibilidad del actual sistema de pensiones público. De ahí que cada vez más ciudadanos estén planteándose la necesidad de suscribir un plan de pensiones para garantizar su estabilidad en el momento de la jubilación.

De acuerdo con la Ley 35/2006, los menores de 50 años pueden desgravar la menor de las siguientes cantidades: O 10.000 euros –aportación máxima que pueden realizarse– o el 30% de sus ingresos por rendimientos del trabajo y actividades económicas. Los mayores de 50 años pueden reducir la menor de las siguientes cantidades: 12.500 euros o el 50% de sus ingresos.

También desgravan las aportaciones realizadas al plan de pensiones del cónyuge, si éste no percibe rentas o sus ingresos anuales son inferiores a los 8.000 euros. En este caso el límite para reducir de la base imponible es de 2.000 euros. También desgravan las aportaciones a los planes de personas discapacitados (con minusvalías superiores al 65%).

Pérdidas versus ganancias
Los expertos recuerdan que en estas fechas conviene repasar el resultado de las declaraciones de años anteriores, por si hubiese minusvalías pendientes de compensar. Mientras que en 2008, el Ibex perdió un 39%, este ejercicio se apunta un 26%. En este sentido, los inversores en bolsa que el año pasado acumulasen pérdidas no compensadas podrán reducir su factura fiscal este año, siempre que ya hayan integrado las ganancias de este ejercicio.

“Hay que tener en cuenta que no todas las pérdidas sirven para compensar ganancias”, explica José Manuel Ortiz, abogado de Cuatrecasas. Recuerda que, dentro de los rendimientos del ahorro, hay que distinguir, por un lado, los rendimientos de capital mobiliario positivos y negativos, y, por otro lado, las ganancias y pérdidas patrimoniales.

Al primer grupo (rendimientos de capital mobiliario)pertenecen los intereses generados por depósitos, deuda pública y privada, dividendos y participaciones en beneficios de empresas, participaciones preferentes y rendimiento de operaciones de seguros de vida, entre otros.

Por otro lado, las ganancias y pérdidas patrimoniales de la base del ahorro engloban a las rentas generadas por transmisiones de valores de renta variable, fondos de inversión y sicav, derivados (opciones, futuros, warrants, swap) y transmisiones de inmuebles, terrenos, etc.

Plusvalías bursátiles
Esto significa que las plusvalías obtenidas este año en la bolsa tendrán que compensarse con minusvalías de la misma naturaleza. Para ello, se recurrirá a las pérdidas sufridas en el mismo periodo (2009), pero si el saldo sigue siendo positivo, las ganancias pueden neutralizarse con las pérdidas cosechadas en los cuatro años anteriores.

Éste es el último ejercicio para compensar las minusvalías de 2005, que deberán haberse generado en inversiones a más de un año